Donaciones hechas a terceros en dinero o especie.

Se deberá publicar la información relativa a las “Asignaciones que los entes públicos destinan por causa de utilidad social para otorgar donativos a instituciones no lucrativas destinadas a actividades educativas, culturales, de salud, de investigación científica, de aplicación de nuevas tecnologías o de beneficencia, en términos de las disposiciones aplicables”, asi como; la información a publicar corresponderá a las donaciones en especie (bienes muebles o inmuebles) entregadas a terceros, e incluirá los hipervínculos a los correspondientes contratos de donación, en su caso.

44-LGT_Art_70_Fr_XLIV

3er Trimestre

Formato A

Formato B

Fecha de Actualización: 15/07/2025