Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior
enero-marzo
Se tiene como causa justificada por la emergencia sanitaria derivada de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19), no presentar, en su caso, las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en la modalidad de modificación, de inicio y conclusión, durante el mes de mayo de 2020, por lo que podrá presentarse hasta el mes de julio de 2020. Periódico oficial, Edición número 033, publicación 01 de mayo de 2020
Artículo 7 de las REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS OBLIGADOS DE LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA Y PARAESTATAL, DEL PODER JUDICIAL, DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO, MEDIANTE EL SISTEMA “DECLARANET GUERRERO”, que establece “Los servidores públicos obligados a presentar declaración de situación patrimonial anual, deberán presentarla durante el mes de mayo de cada año, pudiendo presentarla a partir del mes de enero del año siguiente al que declara”.
Art 81 FXII declaración patrimonial
Fecha de validación 28/04/2020
Fecha de actualización 28/04/2020