Periodo de actualización: trimestral
Cuando se establezca, modifique o derogue cualquier norma laboral aplicable al sujeto obligado, la información normativa deberá actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación y/o aprobación
Conservar en el sitio de Internet: en cuanto a la normatividad, la información vigente; respecto a los recursos entregados a sindicatos, información del ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores

 

 

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública NO TIENE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO O CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO; en cuanto a contratos individuales de trabajo tenemos los contratos de servicios profesionales por honorarios cuya información puede ser consultada en la fracción XI donde publicamos todos los registros de contratos de este tipo, con que cuenta este Secretariado Ejecutivo.

Art 81 FXVIA normatividad laboral VIGENTE

 

Fecha de validación 26/01/2022

Fecha de actualización 26/01/2022