Artículo 81, fracción XLIII. Ingresos.

Artículo 81, fracción XLIII, inciso a). Ingresos recibidos por cualquier concepto por el sujeto obligado.

Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos.

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Artículo 81, fracción XLIII, inciso b). Responsables de recibir, administrar y ejercer los ingresos.

Se publicará(n) el (los) nombre (s) del (los) responsable (s) de recibir, administrar y ejercer los recursos; así como los informes trimestrales que especifiquen el destino de dichos recursos.

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