Respecto al proceso de constitución de un fideicomiso o fondo público:

Los sujetos obligados deberán especificar el o los motivos de creación del mismo; dicho(s) objetivo(s) deberá(n) corresponder con los fines y las actividades especificadas en su decreto, contrato o documento de constitución análogo, mismo que también deberá ser publicado. Asimismo, especificarán cómo se obtuvieron los recursos financieros para su constitución, es decir, el origen de los recursos.

Respecto al proceso de extinción, en su caso, del sujeto obligado:

Se deberá especificar el(los) motivo(s) y/o razón(es) por las cuales el sujeto obligado se encuentra en el proceso de extinción, por ejemplo cuando se ha cumplido con el objetivo del mandato que le dio origen, la nulidad del contrato, el término de plazo máximo de duración, haberse encontrado imposible la realización del objetivo, entre otros; asimismo, publicarán el fundamento legal del proceso y el total de recursos financieros que se entregaron o entregarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público u homóloga a nivel estatal.

Periodo de actualización: Trimestral

Conservar en el sitio de Internet: Información vigente respecto del proceso de creación e información del ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores respecto al proceso de extinción.

Aplica a: Fideicomisos, fondos públicos, mandatos o cualquier contrato análogo que reciba o ejerza recursos Públicos.

Periodo que se informa: Enero-Marzo.

FRACCIÓN VII-A.- Proceso de Creación del Fideicomiso o Fondo Público.

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FRACCIÓN VII-B.- Recursos Financieros utilizados para la creación.

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FRACCIÓN VII-C.- Proceso de Extinción del Fideicomiso o Fondo Público.

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FRACCIÓN VII-D.- Recursos Financieros a la fecha de extinción.

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