CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE
Con la aprobación por parte del Congreso de la Unión de la fracción XXVIII del Artículo 73 Constitucional, se otorgó la facultad al Poder Legislativo para expedir leyes que regulen la práctica contable en los tres órdenes de gobierno, estableciendo con ello, las bases jurídicas para la armonización contable y de sus cuentas públicas.
Con base en lo anterior, el pasado 1 de enero de 2009, entró en vigor la Ley General de Contabilidad Gubernamental la cual, contempla como principal objetivo establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos para lograr su adecuada armonización. En su Artículo Segundo Transitorio se establece la instalación de un Consejo Nacional de Armonización Contable, que será el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental.
La nueva Ley y el Consejo se erigen en el pilar fundamental de la armonización contable y la emisión de información financiera, con la finalidad de contar con información homogénea de las finanzas públicas, que sea factible de ser comparada y analizada bajo criterios comunes, facilitando el escrutinio público y las tareas de fiscalización.
En el marco de la Ley, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fungirá como Secretario Técnico del Consejo a fin de armonizar los modelos contables vigentes a nivel nacional.
El Consejo Nacional de Armonización Contable emitirá las normas y formatos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Título Quinto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental incluido en el presente Decreto a más tardar el último día hábil de febrero de 2013, con el objeto de que los entes públicos, presenten de manera progresiva la información financiera en los términos establecidos y cumplan en su totalidad con la presentación de la información, a más tardar el 31 de diciembre de de cada ejercicio.
EJERCICIO 2026
PRIMER TRIMESTRE
I.- INFORMACIÓN CONTABLE.
Estado de situación financiera
Estado de variación en la hacienda publica
Estado de cambios en la situación financiera
Notas a los estados financieros
Informes sobre pasivos contingentes
Estado analítico de la deuda y otros pasivos
II.- INFORMACIÓN PRESUPUESTAL.
Presupuesto de egresos clasificación administrativa
Presupuesto de egresos clasificación económica
Presupuesto de egresos clasificación por objeto del gasto
Presupuesto de egresos clasificación funcional
III.- INFORMACIÓN PROGRAMATICA.
Gasto por categoría programática
Indicadores de resultados Montos
