Expedientes Considerados como Reservados

 

De conformidad con a las disposiciones contenidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero; los Lineamientos Generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas; los Lineamientos en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas del Estado de Guerrero; Tal y como lo menciona la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, en su TITULO QUINTO Capitulo I Artículo 114 “El acceso a la información pública será restringido excepcionalmente, cuando por razones de interés público, ésta sea clasificada como reservada”. La clasificación de la información se llevará a cabo en el momento en que:

Se reciba una solicitud de acceso a la información;

Se determine mediante resolución de autoridad competente; o

Se generen versiones públicas para dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia.

 

En cumplimiento a lo establecido en el Capitulo III de los Lineamientos para la Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la elaboración de versiones públicas del Estado de Guerrero, este Órgano Garante informa que no cuenta con información clasificada como reservada durante el periodo julio – diciembre 2018.