CONSULTA LA INFORMACION PÚBLICA Y DE OFICIO DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO.
VIII.- Anteproyectos e Iniciativas de Ley.
VII.- Disposiciones administrativas.
II.- Presupuesto de Egresos.
I.- Hipervínculo al Plan Nacional de Desarrollo.
F XLIX.- Tablas de aplicabilidad y de actualización de las obligaciones de transparencia.
ARMONIZACIÓN CONTABLE
VII. El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
VI. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.
V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer.
IV. Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos.
III. Las facultades de cada área.
FII. Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables
FI. El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros.